{"id":524,"date":"2023-11-16T11:45:15","date_gmt":"2023-11-16T11:45:15","guid":{"rendered":"http:\/\/vivancosyasociados.com\/?p=524"},"modified":"2023-11-16T11:45:58","modified_gmt":"2023-11-16T11:45:58","slug":"el-tsxg-reconoce-el-derecho-de-una-empleada-del-hogar-a-cobrar-el-paro-pese-a-solicitarlo-cuando-la-legislacion-no-lo-permitia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vivancosyasociados.com\/index.php\/2023\/11\/16\/el-tsxg-reconoce-el-derecho-de-una-empleada-del-hogar-a-cobrar-el-paro-pese-a-solicitarlo-cuando-la-legislacion-no-lo-permitia\/","title":{"rendered":"El TSXG reconoce el derecho de una empleada del hogar a cobrar el paro pese a solicitarlo cuando la legislaci\u00f3n no lo permit\u00eda"},"content":{"rendered":"<header class=\"cabeceraInterior\">\n<p class=\"textoIntroDetalle textoCorrido\" style=\"text-align: justify;\">La sentencia del alto tribunal gallego, pionera en Espa\u00f1a, aplica la perspectiva de g\u00e9nero y la normativa de la Uni\u00f3n Europea<\/p>\n<div class=\"infoDetalle\" style=\"text-align: justify;\">\n<dl class=\"vertical\">\n<dt>Autor: Comunicaci\u00f3n Poder Judicial<\/dt>\n<\/dl>\n<\/div>\n<\/header>\n<div class=\"textoArticulo textoCorrido\" style=\"text-align: justify;\">\n<p>La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha emitido una sentencia pionera en Espa\u00f1a en la que ha declarado el derecho de una empleada del hogar a percibir las prestaciones de desempleo contributivo antes de la entrada en vigor del Real Decreto Ley 16\/2022 para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar. El alto tribunal gallego ha entendido que la demandante tiene derecho a las prestaciones, pese a que la legislaci\u00f3n vigente en el momento de la solicitud no lo permit\u00eda, por aplicaci\u00f3n de la perspectiva de g\u00e9nero y de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea que provoc\u00f3 el cambio normativo en Espa\u00f1a.&nbsp;<\/p>\n<p>Los magistrados han explicado en la resoluci\u00f3n que la normativa espa\u00f1ola que exclu\u00eda a las personas empleadas del hogar del acceso al subsidio de desempleo -vigente en el momento de los hechos- era \u201ccontraria a la normativa comunitaria\u201d. En la resoluci\u00f3n, han recordado que la actora, afiliada al Sistema Especial para Empleados del Hogar hasta el 4 de agosto de 2022, hab\u00eda cotizado 2.361 d\u00edas en este r\u00e9gimen y 2 d\u00edas al R\u00e9gimen General de la Seguridad Social. Al solicitar su subsidio de desempleo, le fue denegado porque no estaba previsto para las personas empleadas del hogar, pues el Real Decreto Ley 16\/2022 entr\u00f3 en vigor el 9 de septiembre de 2022.&nbsp;<\/p>\n<p>La Sala de lo Social ha incidido en que el colectivo al que pertenece la demandante est\u00e1 \u201cfuertemente feminizado, pues las mujeres representan el 95,53 % del total\u201d. El TSXG ha destacado que el nuevo r\u00e9gimen, aprobado en el Real Decreto Ley 16\/2022, resuelve esa discriminaci\u00f3n para las prestaciones producidas a partir de su entrada en vigor, \u201cdejando en la misma \u2013e id\u00e9ntica- situaci\u00f3n anterior a las eventuales prestaciones causadas con anterioridad\u201d. Adem\u00e1s, ha recalcado que la perspectiva de g\u00e9nero en la interpretaci\u00f3n de la normativa y la obligaci\u00f3n dimanada de la jurisprudencia del TJUE \u201cobligan a amparar a las personas trabajadoras integradas en ese sistema especial cuando la p\u00e9rdida de su empleo se haya producido con anterioridad al nuevo r\u00e9gimen y est\u00e9n desprotegidas\u201d. Todo ello, seg\u00fan la sentencia, lleva a los jueces del TSXG a reconocer el derecho de la afectada a la prestaci\u00f3n de desempleo, \u201cpese a que no ha cotizado por ella \u2013debido a la imposibilidad legal, discriminatoria-\u201d.&nbsp;<\/p>\n<p>\u201cEs preciso tener en cuenta, de una parte, que la normativa espa\u00f1ola que exclu\u00eda la cotizaci\u00f3n (y el desempleo) para las personas trabajadoras integradas en el Sistema Especial para Empleados del Hogar es contraria al derecho comunitario por discriminatorio, y que dicha situaci\u00f3n no se ha solucionado con la reforma operada por el Real Decreto Ley 16\/22 porque no resuelve el problema de los posibles beneficiarios anteriores, sino solamente de los hechos causantes posteriores a su entrada en vigor\u201d, ha incidido el TSXG, al tiempo que ha indicado que, de otra parte, \u201cla interpretaci\u00f3n de la normativa debe producirse en la forma m\u00e1s favorable al colectivo discriminado (el de las personas integradas en ese sistema especial), con perspectiva de g\u00e9nero, porque es indiscutible el sesgo femenino de sus integrantes en su casi totalidad; y, adem\u00e1s, en la aplicaci\u00f3n e interpretaci\u00f3n de las normas los juzgadores tenemos una obligaci\u00f3n de hacerlo con perspectiva de g\u00e9nero,&nbsp; al integrar un valor superior del ordenamiento jur\u00eddico\u201d. La sentencia no es firme, pues contra ella cabe interponer recurso de casaci\u00f3n.<\/p>\n<\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">Fuente: Consejo General Poder Judicial<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La sentencia del alto tribunal gallego, pionera en Espa\u00f1a, aplica la perspectiva de g\u00e9nero y la normativa de la Uni\u00f3n Europea Autor: Comunicaci\u00f3n Poder Judicial La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha emitido una sentencia pionera en Espa\u00f1a en la que ha declarado el derecho de una empleada [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"ngg_post_thumbnail":0,"_joinchat":[],"footnotes":""},"categories":[10],"tags":[],"class_list":["post-524","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-noticias-de-interes"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vivancosyasociados.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/524","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vivancosyasociados.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vivancosyasociados.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vivancosyasociados.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vivancosyasociados.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=524"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/vivancosyasociados.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/524\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":526,"href":"https:\/\/vivancosyasociados.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/524\/revisions\/526"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vivancosyasociados.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=524"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vivancosyasociados.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=524"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vivancosyasociados.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=524"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}