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Medidas aprobadas por el gobierno, el día 27 de diciembre de 2023, en la prórroga del real decreto ley anticrisis

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como paliar los efectos de la sequía. La norma recoge las prórrogas de iniciativas vigentes desde 2022 y 2023.

Junto a la prórroga de medidas, el Gobierno incluye la continuidad de los gravámenes a banca y energéticas, además de acordar otras medidas para favorecer la inclusión financiera y abrir el código de buenas prácticas a más familias afectadas por la subida de tipos en sus hipotecas.

Rebajas fiscales en electricidad y gas

  • El IVA sobre la factura de electricidad pasa del 5% al 10%(hasta final de año).
  • El IVA de la factura del gas pasa del 5% al 10% (hasta el 31 de marzo).
  • Pellets, briquetas y leñas también tendrán IVA del 10%.
  • El Impuesto Especial sobre Electricidad pasa del 0,5% al 2,5% en el primer semestre, y se elevará al 3,8% en el segundo.
  • Vuelve a entrar en vigor el Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica (IVPEE) del 7% y que pagan las eléctricas. Estaba suspendido desde junio de 2021.

Protección social

  • Suspensión de los desahucios y lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional, con el mecanismo de compensación a los propietarios (hasta final de año).
  • Prohibición de corte de suministros básicos de luz, agua y gas a los consumidores vulnerables en caso de impago (hasta el 30 de junio).
  • Extensión de las tres categorías de consumidores vulnerables para el bono social eléctrico y sus descuentos: del 40% para hogares con bajos ingresos, del 65% para consumidores vulnerables y del 80% para consumidores vulnerables severos (hasta el 30 de junio)
  • Prórroga del límite de crecimiento de la tarifa regulada del gas –Tarifa de Último Recurso (TUR)– de un 5% trimestral y la existencia de TUR para comunidades de vecinos con calefacción central (hasta el 30 de junio).
  • Limitación del precio máximo de la bombona de butano en 19,55 euros (hasta el 30 de junio).

Trabajo

  • Las empresas beneficiarias de ayudas no podrán justificar despidos objetivos basados en el aumento de los costes energéticos y la invasión de Ucrania (hasta el 30 de junio).
  • Prórroga de la jubilación parcial con contrato relevo en la industria manufacturera.
  • Habilitar la suscripción de un convenio especial para ampliar hasta un máximo de cinco años el cómputo como cotizado de períodos de formación en los investigadores.
  • Congelar el SMI en 1.080 euros, en su cuantía actual.

Transporte

  • Gratuidad para usuarios frecuentes de Cercanías, Rodalies, Media Distancia y líneas estatales de autobús y el descuento en Avant (hasta final de año).
  • Bonificación del 30% de la tarifa de billetes urbanos e interurbanos, siempre que las comunidades aporten al menos el 20% para alcanzar un descuento mínimo del 50% (hasta final de año).

Alimentación

Mantenimiento del IVA al 0% para alimentos básicos (pan, harinas, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, patatas y cereales) y del 5% para pastas y aceites (hasta el 30 de junio).

Industria y energía

  • Rebaja del 80% de los peajes eléctricos para la industria electrointensiva y las medidas de flexibilización para el cambio de contratos de suministro eléctrico y la potencia contratada (hasta el 30 de junio).
  • Ampliación del plazo para obtener la Autorización Administrativa de Explotación en la tramitación de nuevos proyectos de generación de energía renovable de 5 a 8 años.
  • Inclusión del almacenamiento de energía en los usos del agua y adaptación para ello de las concesiones de las hidroeléctricas de bombeo.
  • Prórroga de las deducciones en el IRPF para la rehabilitación de viviendas (hasta un 60%) y de la libertad de amortización por inversiones eficientes en el Impuesto sobre Sociedades (hasta final de año).

Ampliación de los gravámenes a banca y energéticas

Ambos tenían efectos sobre los ejercicios 2022 y 2023, satisfaciéndose en 2023 y 2024, respectivamente. En el caso del energético, los nuevos Presupuestos Generales del Estado incluirán una modificación para que las empresas compensen “inversiones estratégicas” en proyectos industriales y descarbonización.

Sequía

  • Habilitación a las confederaciones hidrográficas para reducir suministros y modificar criterios de prioridad en el uso del agua para distribuir los recursos y refuerzo del régimen sancionador.
  • Exenciones del 50% y 100% en el canon de regulación y la tarifa de utilización del agua a explotaciones agrarias beneficiarias de obras hidráulicas con reducciones en la dotación de agua.

Inclusión financiera y ayudas a la hipoteca

  • Eliminación de las comisiones por retirada de efectivo en ventanilla para personas mayores y con discapacidad (de forma definitiva).

Además del Real Decreto-ley de prórroga de la respuesta económica a la crisis de precios, el Gobierno ha aprobado otro acuerdo con medidas para el refuerzo de la inclusión financiera y la ayuda a deudores hipotecarios.

  • Eliminación de las comisiones o compensaciones bancarias por amortización anticipada de créditos a tipo variable (hasta final de año).
  • Ampliación del umbral para acceder al Código de Buenas Prácticas (de 3,5 a 4,5 veces el IRPEM) hasta unos 37.800 euros.

Otras medidas

  • Cesión del IMV (Ingreso Mínimo Vital) al régimen común y retirada de dinero de ventanilla. Se elimina las comisiones bancarias por retirada de dinero en ventanilla para las personas con discapacidad y mayores de edad.
  • Cesión de la gestión del ingreso mínimo vital a las comunidades autónomas.
  • Prórroga de las ayudas para la reconstrucción económica de La Palma: aplazamiento en el pago de cuotas a la Seguridad Social, prestación especial por cese de actividad de autónomos y exención del 100% en la cotización aplicable a los ERTE por fuerza mayor.

Fuentes:

  • BOE
  • democrata.es
  • lamoncloa.gob.es

 

BOE-A-2022-10557-consolidado
Casuística de la Cesta de Navidad

Como cada Navidad, es costumbre que las empresas obsequien a sus trabajadores con la entrega de una cesta de Navidad. Por ello, se ha ido generando a lo largo del tiempo diferentes supuestos en los que, al negarse la entrega, han tenido que resolver los tribunales su naturaleza obligatoria o no.

Por lo que procedemos a realizar un breve resumen de los casos anteriormente mencionados.

  1. Las empresas que conceden a sus empleados una cesta de Navidad de forma reiterada, están obligadas a mantener ese beneficio.
  2. En los casos de empresas subrogadas, deben de tenerse en cuenta diferentes factores:
  3. Que la cesta de Navidad se haya adquirido y disfrutado en virtud de un acto de voluntad constitutivo. Es decir, que se haya realizado el acto de forma voluntaria.
  4. Que se haya entregado al colectivo de los trabajadores.
  5. No basta en la repetición en el tiempo, sino que es necesaria la existencia de voluntad de atribuir un derecho al trabajador.
  6. El otorgar dicha cesta por voluntad a los trabajadores, se incorpora al contrato entre las partes, lo que impide poder extraerse de forma unilateral por parte del empresario.
  7. Aunque durante la negociación de un convenio colectivo, no se aborda la concesión o no de la cesta de Navidad, si la misma se ha reiterado en el tiempo “lo que no se hiciese constar quedaría de la misma forma”. El Tribunal Supremo considera acreditada la existencia de una condición más beneficiosa para el trabajador. Sin quedar desvirtuada dicha naturaleza por el hecho de que su valor económico se hubiera reducido conforme la anualidad anterior.
  8. Los trabajadores afectados por un conflicto colectivo no tienen derecho a recibir la “cesta de Navidad”. Ya que el Tribunal Supremo, estipula que los trabajadores deberán estar en actividad a fecha de diciembre del año en curso.
  9. Estipular que se otorgará la cesta de Navidad “siempre y cuando las condiciones económicas lo permitan”, no sostiene el hecho de negarla de forma unilateral, ya que en ningún momento queda al criterio del empresario la decisión sobre la concurrencia de la condición, sino que está sujeta a la interpretación.
  10. La empresa no puede cambiar unilateralmente la cesta de Navidad para su importe a una ONG. Ya que el obsequio de Navidad, entregado por la empresa a sus trabajadores, es una condición más beneficiosa de naturaleza colectiva, al entregarse voluntariamente por la empresa, con clara voluntad de consolidarla. Como se deduce de la reiteración en el tiempo, sin que quepa, sin más, considerar que se trata de una simple liberalidad.
Fuente: La cesta de Navidad. Casuística resuelta por nuestros tribunales
(Pedro Tuset del Pino)
Criterio de la Dirección General de Trabajo para la bonificación de trabajadores en sustitución por maternidad.

Tras la entrada en vigor de Real Decreto Ley 1/2023 y las nuevas bonificaciones a algunos se nos ha planteado la siguiente pregunta. ¿Se puede contratar a la misma persona para cubrir una baja por riesgo de embarazo y la baja de maternidad y bonificar? Ya que, según la redacción de la norma, para poder bonificar ambas situaciones, tienes que contratar a dos personas diferentes, esto es, SI QUIERES BONIFICAR no puede sustituir riesgo por embarazado y después maternidad la misma persona.

dgt_criterio_baja_maternidad
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